Servicio - Guía Integral de Consultorios Jurídicos
Guía normativa y operativa sobre el componente práctico obligatorio para el programa de Derecho. Incluye requisitos de inscripción, nuevas reglas de levantamiento de prerrequisitos para 2026 y lineamientos para modalidades virtual y presencial.
1. ⚖️ ¿Qué es el Consultorio Jurídico?
Es un escenario de aprendizaje práctico obligatorio donde el estudiante desarrolla competencias y valores éticos mediante la prestación de servicios gratuitos de asesoría y representación jurídica a población vulnerable.
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Propósito: Brindar asistencia legal gratuita (asesoría, conciliación, representación judicial) y formar al estudiante en la práctica profesional.
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Obligatoriedad: Es un requisito indispensable para optar al título de Abogado y no es susceptible de homologación o sustitución.
2. 📋 Requisitos y Prerrequisitos Académicos
Para iniciar el aprendizaje práctico, el estudiante debe cumplir condiciones específicas según su modalidad:
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Avance Curricular: Haber aprobado al menos el 50% de los créditos del plan de estudios.
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Módulos Habilitantes (Virtual): Debe tener aprobados los siguientes módulos antes de iniciar:
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✓ Procesal Civil Especial.
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✓ Derecho Procesal Penal.
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✓ Administrativo Especial.
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✓ Procesal Laboral.
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3. 💣 NotiBoom: Levantamiento de Prerrequisitos 2026
Se ha autorizado un ajuste estratégico para la matrícula de consultorios en ambas modalidades:
Derecho Virtual
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Si inicia: Puede matricular CJ 1 o simultáneamente CJ 1 y 2.
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Si ya cursó CJ 1: Puede matricular CJ 2 o simultáneamente CJ 2 y 3.
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Si ya cursó CJ 1 y 2: Puede matricular CJ 3 o simultáneamente CJ 3 y 4.
Derecho Presencial
Aval oficial para matricular en las siguientes combinaciones:
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✅ Consultorio Jurídico 1.
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✅ Consultorio Jurídico 1 y 3.
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✅ Consultorio Jurídico 2.
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✅ Consultorio Jurídico 2 y 3.
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✅ Consultorio Jurídico 4.
🚫 Importante: Bajo ninguna circunstancia se debe inscribir Consultorio Jurídico Virtual a estudiantes de modalidad Presencial.
4. 🏢 Metodología y Duración (Derecho Virtual)
Aunque el programa es virtual, el componente práctico exige presencialidad mínima indispensable.
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Duración: Entre 2 y 5 semestres. La representación de terceros debe durar al menos 2 semestres.
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Esquema de Práctica (16 semanas):
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8 turnos presenciales: 4 horas cada uno, cada 15 días en el lugar del convenio asignado.
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8 turnos de seguimiento: Con asesor docente (presencial o virtual).
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Ubicación: Se realiza mediante alianzas territoriales (Defensoría del Pueblo, Pastoral Social, etc.) en la ciudad de residencia del estudiante.
5. 📝 Proceso de Inscripción y Soporte
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Formulario de Inscripción: En el campo de "código de matrícula", el estudiante debe registrar el número de su orden de pago 202560 (verificable en Analytics | Financiero).
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Casuística Técnica: Si el estudiante reporta fallas en el sitio o dudas del proceso, se debe derivar por Validación Plan de Estudios al área global.
Preguntas Frecuentes
A continuación, encontrará una guía orientadora de preguntas que les servirá de fundamento
para dar respuesta a las inquietudes de personas interesadas en cursar el programa de
derecho virtual y asimismo, a estudiantes que vayan a matricular módulos de consultorio
jurídico.
1. ¿Qué es el Consultorio Jurídico? Constituye un escenario de aprendizaje práctico y hace parte de la formación jurídica de los estudiantes de derecho en su preparación. El consultorio jurídico permite que los estudiantes adquieran conocimientos y desarrollen competencias, habilidades y valores éticos para el ejercicio de la profesión de abogado, prestando el servicio obligatorio y gratuito de asistencia jurídica, a la población beneficiaria establecida en la ley.
2. ¿Qué servicios presta un consultorio jurídico? Los Consultorios Jurídicos deberán prestarán servicios de asesoría jurídica, conciliación extrajudicial en derecho, representación judicial y extrajudicial, adelantamiento de actuaciones administrativas e interposición de recursos en sede administrativa y pedagogía en derechos. También pueden prestar servicios de conciliación en equidad, mediación, mecanismos de justicia restaurativa y litigio estratégico de interés público, así como todos aquellos otros servicios que guarden relación y permitan el cumplimiento de los principios y objetivos establecidos en la ley 2113 de 2021.
3. ¿Cuál es el propósito del Consultorio Jurídico? El propósito principal de un consultorio jurídico es brindar asesoría y representación legal gratuita a personas de bajos recursos o en situación de vulnerabilidad, así como formar a estudiantes de derecho en la práctica profesional. Además, busca promover el acceso a la justicia y la defensa del interés general, contribuyendo a la construcción de una sociedad más justa y equitativa.
4. ¿Si soy estudiante de derecho, cuándo puedo hacer mi aprendizaje práctico en el consultorio jurídico? El consultorio jurídico se podrá cursar a partir de la aprobación de por lo menos la mitad de los créditos académicos del plan de estudios y en cualquier caso hasta su finalización. La representación de terceros consagrada en el artículo 9 de la ley 2113 de 2021, se podrá ejercer a partir de la aprobación de todas las asignaturas habilitantes para este efecto según el respectivo Programa de Derecho.
5. ¿Cuáles son los prerrequisitos para cursar Consultorio Jurídico? Para poder iniciar a cursar el consultorio jurídico usted debió haber cumplido como mínimo con el 50% del plan de estudios correspondiente al programa de derecho virtual y además a ver aprobado los siguientes módulos:
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✓ Procesal Civil Especial
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✓ Derecho Procesal Penal
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✓ Administrativo Especial
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✓ Procesal laboral
6. ¿Cómo me puedo inscribir en Consultorio Jurídico? Corresponde a los alumnos de la modalidad virtual de los dos últimos años del programa académico de Derecho prestar dos (2) años de servicio social en el Consultorio Jurídico, como requisito para optar el título de Abogado.
La inscripción de los estudiantes se efectuará con la antelación que sea requerida para iniciar plenas labores dentro de los ocho (8) días siguientes a la iniciación del año académico en la Institución Universitaria y se realizará en la forma y términos dispuestos por la Dirección del Consultorio.
En todo caso la distribución proporcional del número de estudiantes de acuerdo con el volumen de trabajo de cada área será efectuada por la Dirección Administrativa del Consultorio de acuerdo con las necesidades del consultorio, en algunos casos se revisará preferencias y tendencias mostradas por los alumnos en el correspondiente formulario de inscripción.
7. ¿Cuánto tiempo dura la práctica de consultorio jurídico? La prestación de los servicios en el consultorio jurídico por parte de los estudiantes no podrá ser menor a dos (2) ni exceder de cinco (5) semestres. La representación de terceros consagrada en el Artículo 9 de la Ley 2113 de 2021 deberá prestarse por lo menos durante dos (2) semestres. ¿Quién autoriza la creación de consultorios jurídicos de instituciones de educación superior? El Ministerio de Justicia y del Derecho aprobará el funcionamiento de los consultorios jurídicos de las instituciones de educación superior. En aplicación de los principios de autonomía y progresividad consagrados en la ley, cada institución de educación superior definirá dentro de ese rango el tiempo de prestación de los diferentes servicios a cargo de los estudiantes de los consultorios.
8. ¿Es necesario realizar de forma presencial Consultorio Jurídico? El componente de Consultorio Jurídico del programa de Derecho en modalidad virtual contempla actividades de carácter presencial, conforme a los lineamientos establecidos por los reglamentos de las instituciones de educación superior. No obstante, se reconoce que los consultorios jurídicos podrán prestar servicios de asesoría legal y pedagogía en derechos mediante modalidad virtual, siempre que las circunstancias lo exijan en favor de la población beneficiaria o cuando el domicilio de los usuarios se ubique en municipios donde no exista cobertura de consultorios jurídicos. Para tales fines, se podrán suscribir los convenios necesarios que garanticen el acceso a medios tecnológicos por parte de los usuarios, en coordinación con autoridades, instituciones educativas, empresas, organizaciones sin ánimo de lucro, u otras entidades públicas o privadas, según corresponda. (ley 2113 de 2021).
Las prácticas están programadas para iniciar en agosto de 2025, con una duración de 16 semanas. Se realizarán en:
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• 8 turnos presenciales, de 4 horas cada uno, cada 15 días en el lugar del convenio asignado.
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• 8 turnos de seguimiento con asesor docente, presencial o virtual, según el caso. La programación concreta (fechas, lugares y horarios) será socializada en la plataforma institucional durante el mes de julio.
9. ¿Cuál es el horario de atención al público? El horario de atención de usuarios será aquel que se determine por la Dirección del Consultorio Jurídico.
10. ¿Qué alternativas presenta la Dirección de Consultorio Jurídico para quienes no pueden asistir presencialmente? El programa de Derecho se desarrolla en modalidad virtual y dentro del plan de estudio se contempla el componente práctico que lo constituyen los módulos de consultorios jurídicos y exigen una interacción directa con usuarios y autoridades, lo cual implica una presencialidad mínima indispensable para cumplir con los requisitos normativos y académicos vigentes.
No obstante, reconociendo las diversas situaciones laborales y personales de los estudiantes, se encuentra en evaluación la implementación de turnos especiales presenciales o la habilitación de apoyos virtuales para la participación en audiencias, siempre y cuando dicha modalidad sea autorizada por el despacho judicial correspondiente.
11. ¿Se podrán cursar dos Consultorios Jurídicos en el mismo periodo académico? El programa de derecho virtual contempla un plan de estudios, dentro de los cuales se encuentran el desarrollo de cuatro consultorios jurídicos que los estudiantes deben cursar en los dos últimos años de su formación.
Para cursar el primer consultorio jurídico se debe cumplir con los prerrequisitos establecidos entre los cuales se encuentran:
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✓ Procesal Civil Especial
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✓ Derecho Procesal Penal
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✓ Administrativo Especial
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✓ Procesal laboral
Para cursar dos consultorios jurídicos dentro de un mismo periodo académico, se debe cumplir con los prerrequisitos para matricular consultorio jurídico I y solicitar el levantamiento del prerrequisito de consultorio jurídico II; el cual es el módulo de consultorio jurídico I y así respectivamente para los siguientes. Por lo tanto, es viable matricular dos consultorios jurídicos cumpliendo con lo anteriormente señalado y el procedimiento respectivo.
12. ¿Un estudiante de derecho puede omitir, homologar, convalidar o sustituir la práctica del consultorio jurídico por otro tipo de labor? El Consultorio Jurídico, como componente de la formación práctica del estudiante de derecho y que hará parte integral del currículo, en ningún caso será susceptible de omisión, homologación, convalidación o sustitución.
13. ¿Soy un funcionario público puedo realizar el consultorio jurídico? Si, según la Ley 2113 de 2021, que regula el funcionamiento de los Consultorios Jurídicos en Colombia, sí puedes realizar el Consultorio Jurídico siendo funcionario público, siempre que cumplas con los requisitos establecidos por la institución de acuerdo al plan de estudios del programa de derecho y no exista una incompatibilidad normativa o conflicto de interés con el cargo que desempeñas. La Ley no prohíbe expresamente a los funcionarios públicos cursar Consultorio Jurídico; sin embargo, establece que: "El Consultorio Jurídico hace parte integral del currículo de los programas de Derecho, y su desarrollo es obligatorio y no puede ser homologado, convalidado ni sustituido." (Art. 6, Ley 2113 de 2021).
No obstante, lo anterior, los estudiantes que, bajo las condiciones expresadas en el inciso anterior, opten por ejercer la representación a terceros, no podrán actuar contra la Nación, el departamento, el distrito o el municipio, según la esfera administrativa a la que pertenezca la entidad a la cual presten sus servicios. La entidad deberá otorgar los permisos a que haya lugar, sin perjuicio de las compensaciones que se establezcan internamente para el efecto.
14. Como miembro del Consultorio Jurídico. ¿En qué tiempo presto el servicio? Calendario de atención al público. – El Consultorio Jurídico prestará su servicio durante la misma época correspondiente al periodo académico, no obstante, los estudiantes designados en las actuaciones judiciales y extrajudiciales, presenciales y virtuales, realizarán seguimiento de los asuntos, los cuales podrán ser apoyados en las TICS, a través de la plataforma virtual, facilitando el acceso a la información y actualizaciones sobre el avance de los procesos para los usuarios, conforme a lo dispuesto en la Ley 2113 de 2021.
15. ¿En qué sitios pueden los Consultorios Jurídicos prestar los servicios de asesoría jurídica y pedagogía en derecho? Además de las sedes de las universidades los Consultorios Jurídicos pueden prestar los servicios de asesoría jurídica y pedagogía en derecho en:
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✓ Las entidades públicas y privadas.
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✓ En las áreas pro bono de firmas de abogados
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✓ Despachos judiciales
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✓ Notarías
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✓ Organismos internacionales Organizaciones no gubernamentales
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✓ Cajas de compensación familiar Centros de conciliación y centros de mediación y conciliación en equidad La institución podrá suscribir convenios para la realización del Consultorio Jurídico.
16. ¿Puedo realizar el Consultorio Jurídico en la ciudad donde resido? Sí se puede realizar el consultorio jurídico en la ciudad donde resida puesto que la modalidad del programa de derecho es virtual y la institución propuso una estrategia de desarrollo del consultorio jurídico territorial, estableciendo aliados estratégicos de impacto territorial como entidades públicas entre las cuales tenemos la Defensoría del Pueblo y así mismo entidades de carácter privado de desarrollo social como: “Pastoral Social”, entre otras, las cuales a través de ella nos coadyuva a cumplir con la misión y propósito del desarrollo de los consultorios jurídicos para nuestros estudiantes.
17. ¿Cómo solicito una excepción por condiciones médicas o laborales especiales para el cursar consultorio jurídico? La condición médica no es un impedimento para participar en el consultorio jurídico, pero es importante que el estudiante informe a la universidad sobre su situación para que se tomen las medidas necesarias y garantizar su bienestar y facilitar su participación. El estudiante debe allegar a la Dirección del Consultorio Jurídico la historia clínica, así mismo, las recomendaciones médicas a tener en cuenta con relación a las funciones que vayan a desempeñar en el consultorio jurídico. Con el fin, de realizar los ajustes razonables pertinentes a la condición.
18. Si resido en el exterior ¿cómo puedo realizar el consultorio jurídico y que requisitos debo presentar? Si reside en el exterior deberá demostrar el domicilio respectivo, para tal fin, deberá aportar una certificación de residencia permanente del consulado colombiano en el país de su ubicación.
6. 🌟 Casos Especiales
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Funcionarios Públicos: Pueden realizar el consultorio siempre que no exista conflicto de interés. Si trabajan en áreas jurídicas del sector público, pueden ser eximidos de la representación a terceros tras certificar sus labores.
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Residencia en el Exterior: Deben aportar certificación de residencia permanente expedida por el consulado colombiano.
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Condiciones Médicas: No son impedimento. El estudiante debe allegar historia clínica y recomendaciones a la Dirección para realizar ajustes razonables.
7. 👥 Equipo Responsable (Derecho Virtual)
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Director: William Antonio Ariza Rúa.
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Coordinadora Administrativa: Yelibet Johanna Pinto Lizarazo.
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Coordinador Académico / Grupo de Apoyo: Juan Virgilio Mosquera Criollo.
Tipificación Genesys: Académica.
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